Cada vez son más frecuentes las sentencias relacionadas con los aspectos laborales derivados de la situación de pandemia, tales como el teletrabajo obligatorio. En su sentencia n.º 731/2021, de 16 de diciembre de 2021, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid estima procedente el despido de una trabajadora por faltas injustificadas de asistencia al no haberse conectado a los sistemas informáticos de la empresa. Así, señala que «la falta de conexión durante los días que tenía que prestar servicios hay que equipararlas a ausencias al trabajo sin causa justificada y un fraude en la gestión encomendada al no desarrollar funciones desde su domicilio, que sustituye al lugar o centro de trabajo donde realizaba tradicionalmente la actividad, de forma similar a cuando desempeñaba la misma presencialmente.» https://bit.ly/3IAKWTN #somosmateos #equipomateos
